- Protocolos de inspección.
- Evaluación de deficiencias.
- Diagnosis de lesiones y conclusiones.
- Mantenimiento del edificio.
INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE)
Para iniciar, la tan necesaria y tanto tiempo postergada, rehabilitación del parque edificatorio de vivienda plurifamiliar, la Generalitat de Catalunya aprobó, a semejanza de la famosa ITV de los vehículos, el Decreto ITE de inspección técnica de edificios. Esta inspección se entiende como primer documento o documento cero del proceso de rehabilitación integral del edificio y su posterior mantenimiento a lo largo del tiempo.
Desde el 26 de Febrero de 2011, los edificios plurifamiliares de viviendas, están obligados, a realizar una Inspección Técnica del Edificio (ITE). Esta inspección tiene como objetivo:
- Evitar situaciones de riesgo
- Informar sobre el estado actual del inmueble
- Detectar, documentar y evaluar déficits existentes
- Calificar el estado general del edificio
Los plazos previstos para pedir a la Administración competente el Certificado de Aptitud correspondiente, siguiendo el procedimiento que prevé el Decreto son los siguientes:
Antigüedad del edificio Plazo máximo para pasar la inspección
Anterior al año 1930 Hasta el 31 de Diciembre de 2012
Entre los años 1931 y 1950 Hasta el 31 de Diciembre de 2013
Entre los años 1951 y 1960 Hasta el 31 de Diciembre de 2014
Entre los años 1961 y 1970 Hasta el 31 de Diciembre de 2015
A partir del año 1971 Hasta el 31 de Diciembre del año en que el edificio cumple los 45 años