• Protocolos de inspección.
  • Evaluación de deficiencias.
  • Diagnosis de lesiones y conclusiones.
  • Mantenimiento del edificio.

INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE)

Para iniciar, la tan necesaria y tanto tiempo postergada, rehabilitación del parque edificatorio de vivienda plurifamiliar, la Generalitat de Catalunya aprobó, a semejanza de la famosa ITV de los vehículos, el Decreto ITE de inspección técnica de edificios. Esta inspección se entiende como primer documento o documento cero del proceso de rehabilitación integral del edificio y su posterior mantenimiento a lo largo del tiempo.

 

Desde el 26 de Febrero de 2011, los edificios plurifamiliares de viviendas, están obligados, a realizar una Inspección Técnica del Edificio (ITE). Esta inspección tiene como objetivo:

  1. Evitar situaciones de riesgo
  2. Informar sobre el estado actual del inmueble
  3. Detectar, documentar y evaluar déficits existentes
  4. Calificar el estado general del edificio

 

Los plazos previstos para pedir a la Administración competente el Certificado de Aptitud correspondiente, siguiendo el procedimiento que prevé el Decreto son los siguientes:

 

       Antigüedad del edificio          Plazo máximo para pasar la inspección

Anterior al año 1930                 Hasta el 31 de Diciembre de 2012

Entre los años 1931 y 1950       Hasta el 31 de Diciembre de 2013

Entre los años 1951 y 1960       Hasta el 31 de Diciembre de 2014

Entre los años 1961 y 1970       Hasta el 31 de Diciembre de 2015

A partir del año 1971                Hasta el 31 de Diciembre del año en que el edificio cumple los 45 años